miércoles, 24 de febrero de 2010

Una discusión interminable; mientras los más débiles pagan las consecuencias.

     No hay dudas que la vida es un valor supremo desde muchos puntos de vista; entre ellos como valor jurídico a proteger. Así por lo menos lo establece nuestra legislación cuando dictamina, desde el Código Civil Argentino, que la misma comienza desde su concepción, a pesar que es requisito fundamental el nacimiento de la criatura para afianzar ese derecho. Es decir, a pesar de ser un ente con vida, aún no es considerado persona. Más datos de esa realidad encontramos dentro de la rama civil en materia de capacidad, derecho hereditario, etc. Como así también desde el punto de vista penal al punir su interrupción. Pero, este tipo de discusiones de carácter jurídico, es tan trillado como la discusión que se basa en el valor desde el punto de vista religioso. Las discusiones sobre la vida, suelen llevar a grandes discusiones que pocas veces encuentra puntos en común, dependiendo de la doctrina en la que cada individuo se enrola. La falta de puntos de vista eclécticos sobre temas tan delicados como éste, es lo que no permite llegar a una postura socialmente concensuada, y jurídicamente expedita a la hora de que, ésta última, deba tomar una determinación adecuada, como en el caso en cuestión, en el que cualquier determinación en un ámbito superior, podría ser tardía. En es especial para la salud de la infortunada joven. Infortunada por el hecho, e infortunada por haberle tocado una jueza que adopta la postura de la pacatería. Claro, total, ni a ella ni a su hija le ha tocado tener que vivir con eso por el resto de sus días